Las vacaciones anuales son un derecho laboral vital para cada empleado. Tras cumplir con requisitos específicos, todo trabajador puede acceder a un merecido período de 30 días seguidos de descanso remunerado por cada año completo de servicio.
Es importante destacar que la remuneración vacacional se realiza antes del inicio del descanso y se refleja tanto en la Planilla como en la Boleta de Pago, según lo establece el Artículo 10° del Decreto Legislativo 713.
¿Cuál es el mínimo de horas laboradas para acceder a vacaciones en Perú?
El derecho a vacaciones está destinado a trabajadores que cumplen al menos una jornada ordinaria mínima de 4 horas diarias. En consecuencia, aquellos empleados a tiempo parcial con una jornada diaria promedio inferior a 4 horas no podrán disfrutar de este beneficio, según lo establece el Artículo 11° del Decreto Supremo No. 012-92-TR, Reglamento del Decreto Legislativo No. 713.
¿Cuáles son los requisitos para el descanso vacacional?
Los trabajadores deben cumplir con ciertos requisitos:
- Un año de servicios continuos con la empresa.
- Para quienes trabajan 6 días a la semana, se requiere al menos 260 días laborados.
- Si la jornada es de 5 días semanales, se necesitan al menos 210 días trabajados.
En casos de trabajos de 3 o 4 días por semana o interrupciones temporales autorizadas por la Autoridad Administrativa de Trabajo, se concede el derecho al descanso vacacional siempre que las faltas injustificadas no excedan los 10 días en ese período.
¿Cuándo debe otorgarse el descanso vacacional?
Las vacaciones deben entregarse al trabajador dentro del año posterior a aquel en el que adquirió el derecho al descanso. Esta oportunidad se establece mediante acuerdo entre empleador y empleado, considerando las necesidades operativas y los intereses del trabajador. En caso de desacuerdo, la decisión recae en el empleador según el Artículo 14° del Decreto Legislativo 713.
¿Es posible fraccionar el descanso vacacional?
Aunque se espera que el descanso sea continuo, el trabajador puede solicitar al empleador fraccionarlo. La solicitud debe presentarse por escrito y no se pueden otorgar periodos inferiores a 7 días naturales, según el Artículo 17º.
¿Se pueden acumular periodos de descanso?
El trabajador puede convenir por escrito con el empleador la acumulación de hasta dos descansos anuales consecutivos. Sin embargo, debe haber disfrutado de al menos 7 días de descanso después de un año de servicios continuos, tal como indica el Artículo 18°.
¿En qué consiste la reducción o “venta” de vacaciones?
El descanso vacacional puede reducirse de 30 días a 15 días con la respectiva compensación económica por los días laborados. Esto requiere un acuerdo escrito entre trabajador y empleador, como establece el Artículo 19º.
¿Qué ocurre si un trabajador no goza de sus vacaciones en Perú?
En caso de no disfrutar las vacaciones en el año correspondiente, se genera la denominada “triple vacacional”. Esto involucra el pago por el trabajo realizado, el descanso vacacional no disfrutado y una indemnización equivalente a una remuneración. Esta indemnización no aplica a gerentes o representantes que hayan decidido no tomar su descanso vacacional, según el Artículo 23° del Decreto Legislativo 713.